Con motivo del 124 aniversario del laudo arbitral de 1899, se han publicado numerosos artículos y se han expresado diversas opiniones que establecen claramente la nulidad de dicho laudo.
LA CIJ COMO INSTRUMENTO GEOPOLÍTICO
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Leopoldo Puchi

Sobre este punto, no existen dudas, especialmente entre los venezolanos.
Hay una convicción arraigada de que el Esequibo es un legado irrenunciable de la lucha por la independencia.
Sin embargo, Venezuela no está en posesión de ese territorio, por lo que estamos frente a una controversia.
La cuestión central en la actualidad es cómo abordar de manera efectiva esta disputa.
 Aquí reside la verdadera cuestión que demanda nuestra atención.

BUFETES PETROLEROS

En 1966, se firmó el Acuerdo de Ginebra como el mecanismo para resolver la controversia.

A lo largo de décadas, Venezuela lo ha respetado y actuado en el marco de este Acuerdo. Por su parte, Guyana también asumió este compromiso, pero a partir del inicio de las exploraciones en las aguas del Esequibo en 2015, los bufetes de las corporaciones petroleras introdujeron un nuevo elemento en la ecuación, en la búsqueda de garantías legales expeditas para sus inversiones.

Como resultado, Guyana toma un camino diferente y recurre a la Corte Internacional de Justicia (CIJ).

TRAS BASTIDORES

Este movimiento estratégico de los despachos legales de las petroleras tiene la apariencia de un recurso a medios legales y pacíficos para la resolución de conflictos.

Una jugada hábil, que se presenta ante un público no versado en el complejo mundo de la jurisprudencia y que es capaz de confundir incluso a veteranos de los círculos diplomáticos.
 
Después de todo ¿no es razonable recurrir a un tribunal para resolver disputas?

Este giro, aparentemente inocuo, se ha convertido en una pieza clave de los intereses geopolíticos que mueven las piezas tras bastidores.



CONFUSIONES

En este contexto, los medios han informado que el ministro de Exteriores de Brasil, Mauro Viera, ha manifestado el respaldo de su país “al actual proceso de la CIJ para resolver la controversia sobre la validez del Laudo Arbitral de 1899”.

Al mismo tiempo, medios internacionales como RFI han titulado sus informes con frases como "Venezuela y Guyana, a la espera de una decisión de la CIJ sobre la disputa por el Esequibo", lo que da la impresión de que este proceso es mutuamente aceptado.

Incluso, instituciones de alto prestigio, como el Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, han llegado a saludar una supuesta “decisión del gobierno nacional de comparecer en el proceso hoy pendiente en la Corte Internacional de Justicia”.

SATISFACTORIA

El Acuerdo de Ginebra establece que la solución a la disputa debe ser "justa, equitativa y satisfactoria para ambas partes".
 
Estos términos no son un adorno, una formalidad, sino una parte esencial del Acuerdo.
 
La CIJ, debido a su naturaleza, no está diseñada para emitir decisiones que satisfagan plenamente a ambas partes en un conflicto.

La realidad es que una solución con esa característica de “satisfactoria” sólo puede lograrse a través del diálogo y las negociaciones que conduzcan a un entendimiento.

SIN CONSENTIMIENTO

Es importante destacar que la normativa de la CIJ establece de manera explícita un requisito fundamental: la necesidad del consentimiento unánime de todas las partes involucradas antes de que un caso pueda ser presentado ante la Corte.
 
Venezuela no ha otorgado ese consentimiento.
 
Además, hay que señalar que Venezuela no es signataria del Protocolo Facultativo sobre Jurisdicción Obligatoria de la Corte Internacional de Justicia.

Por lo tanto, los magistrados de la CIJ han actuado sin tener en cuenta los convenios internacionales ni las propias normativas de la Corte.
 
La interrogante que surge es: ¿Por qué la CIJ ha incurrido en esa falta a sus deberes jurídicos?
 
La respuesta pudiera encontrarse en el peso que ejercen los bufetes petroleros sobre los abogados integrantes de la CIJ.



CONSENSO

En 2018, tanto el Gobierno, como la Asamblea Nacional, de mayoría opositora para entonces, manifestaron de manera inequívoca que la CIJ carece de jurisdicción para abordar la controversia.
 
Además, existe un consenso en torno a que cualquier fallo de la CIJ que prive a Venezuela de ese territorio no será ni reconocido ni considerado válido.

Estos dos puntos representan un acuerdo nacional que podría ser reafirmado por el pueblo en un referendo consultivo.
 
Dentro de este marco predefinido, se tomaría una decisión definitiva sobre la participación en el juicio.




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