Con la actual administración el tema limítrofe pasa por el tema ideológico
FRONTERAS: ASIGNATURA PENDIENTE
      A-    A    A+


Taisa Medina

Está incluido en el Plan de la Patria 2019-2025 bajo las siguientes consideraciones: El "Gran Objetivo Histórico N° 4 tiene que ver con la política Exterior. Y dice así: Contribuir al desarrollo de una nueva "geopolítica internacional, en la cual tome cuerpo el mundo multicéntrico y pluripolar, que permita lograr el equilibrio del universo y garantizar la paz planetaria" Y, en ese contexto, trata el tema de las fronteras

El Estado venezolano expresa su aspiración de" promover la resolución armoniosa y cooperativa de las delimitaciones pendientes, entendiendo la estabilización de las fronteras como un elemento de unidad y de paz." (4.1.2)

Y es que las fronteras hay que definirlas en los casos en los que no se ha hecho. Si Venezuela no vela por eso vendrá el vecino a imponerse.
 
Hace falta por supuesto hacer seguimiento de los litigios en donde se haga jurisprudencia y que tenga una lectura para Venezuela.



NICARAGUA VS COLOMBIA EN TRES ACTOS

El más reciente ejemplo es Colombia (con quien Venezuela tiene pendiente la delimitación de áreas marinas y submarinas en el Golfo,) y quien acaba de reivindicar como un éxito la tercera decisión en once años de la CIJ, en el diferendo con Nicaragua por la delimitación, en esta ocasión, de la Plataforma Continental y que involucra a Las Islas de San Andrés y Providencia y Santa Catalina.

En resumen, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) rechazó en un tercer fallo (en el litigio con Nicaragua), este 12 de julio 2023 la solicitud presentada por Nicaragua de extender su Plataforma Continental más allá de sus fronteras marítimas con Colombia. El diferendo entre ambos países por esta zona, rica en recursos pesqueros y minerales, se ha prolongado durante diferentes administraciones gubernamentales.

Esta vez, la CIJ “por trece votos contra cuatro, rechaza la solicitud presentada por la República de Nicaragua para que la Corte adjudique y declare que las islas de San Andrés y Providencia tienen derecho a una Plataforma Continental hasta una línea formada de arcos de 200 millas náuticas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del Mar Territorial de Nicaragua”.

Esta sentencia de la CIJ es la respuesta jurídica a la demanda de Nicaragua contra Colombia en septiembre de 2013 por supuesta violaciones. Veinte años en litigio (con tres fallos: 2012, 2022 y 2023) que ha sido seguido con espíritu de continuidad por diferentes administraciones gubernamentales colombianas: J.M Santos; Iván Duque y Gustavo Petro.

En 2012 (gobernaba Santos), se dio a conocer un fallo por medio del cual la CIJ ratificó la soberanía colombiana sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina pero perdió casi 75mil kilómetros cuadrados de mar que ganó Nicaragua así como unos yacimientos submarinos de petróleo y gas y derechos de pesca.

En 2013 Nicaragua se querelló por presuntas violaciones de Colombia “que incumplían lo decidido en 2012 en la que la Corte Internacional de Justicia marcó nuevos límites marítimos entre los dos países”

En su demanda, Nicaragua afirmó que la Armada colombiana realizaba operaciones en la Zona Exclusiva. Colombia contrademandó y en abril 2022 la CIJ decidió que Colombia había violado los derechos soberanos de Nicaragua en su Zona Económica Exclusiva.



MIRADA VENEZOLANA

Tres expertos observadores de las fronteras venezolanas opinan sobre la última actuación de la CIJ entre Nicaragua y Colombia.

Profesor en Derecho Internacional Público e Individuo de Número de la Academia, Héctor Faúndez

Qué consecuencias podría tener ese fallo de La Haya para los pendientes de delimitación de Venezuela?

- No. No tiene consecuencias para Venezuela. Un precedente, pero relativo, pues depende de la configuración de la costa de los Estados litigantes y de la extensión natural de la Plataforma Continental.

Víctor Rodríguez Cedeño, ex Embajador y ex miembro de la Comisión de derecho Internacional público de la ONU cree que “lo más importante de la decisión de este 13 de julio de 2023, de la Corte Internacional de Justicia en el caso de la delimitación entre Nicaragua y Colombia de la Plataforma Continental es que se deja claro "una regla de Derecho Internacional muy importante que establece que el lecho y sub lecho son del Estado costero y más allá mientras no se monte en las del Estado vecino. Se reafirma una norma de derecho consuetudinario que dice que las 200 millas son del Estado costero y más allá mientras no se solapen con las del Estado vecino”

Juan Carlos Sainz-Borgo Profesor de derecho Internacional público en la Universidad de la Paz de la ONU recuerda, ante la pregunta cuáles son las tareas pendientes, “las delimitaciones que no están terminadas en el área marítima son:
  • Colombia,
  • Francia y
  • La Fachada Atlántica (la gran inestabilidad) enlas fronteras con Trinidad y las relaciones con Guyana.
  • El caso ante un tribunal(CIJ) con Guyana, que no teníamos desde el laudo suizo de 1920.
Sobre Nicaragua y Colombia destaca que,”en primer lugar, concluye un largo litigio entre Nicaragua y Colombia que ha requerido tres decisiones de la CIJ”.

Y “en segundo lugar que la Plataforma Continental extendida no es un tema de carácter consuetudinario. No hay práctica en el tema. Se aplica el derecho de la Convención”

Como tercer punto agrega “que sobre los enclaves que solicitaban nuevos derechos (Serranilla, etc), la CIJ considera que ya resolvió”.
 
Finalmente opina que, “debería ahora Colombia implementar las decisiones y favorecer acuerdos en favor de la población en las decisiones que crearon una situación de conflicto entre los dos Estados”

Sobre cómo ve el asunto en el caso de la delimitación entre Venezuela y Colombia, en el área del Golfo de Venezuela, “donde las costas entre los dos países estarían enfrentadas en una zona menor a 200 millas, se refuerza la validez de la Convención sobre Derecho del Mar y no el derecho consuetudinario.”
 
Precisa que “la distancia entre Punta Macolla y Punta Espada es menor a las 200 millas náuticas. La Corte ratifica el criterio que no hay una práctica entre los estados fuera de la Convención. Este es un aspecto relevante para tomar en consideración en las eventuales negociaciones por las áreas marinas y submarinas entre Venezuela y Colombia al noroeste del Golfo de Venezuela. Es decir, los argumentos que se cerraron en este caso y en los anteriores”


Ver más artículos de Taisa Medina en